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                                                                               Nº 021/17                    04/07/2017

                                                                        REFORMA DE LA LEY DE AUTÓNOMOS

Informar que recientemente se han aprobado una serie de medidas para el trabajo de los autónomos, en la Comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso, en las que se incluyen mejoras tributarias y sociales para este sector. Los puntos más destacados son:

1.    AMPLIACIÓN DE LA TARIFA PLANA
Se amplía desde los seis meses hasta un año la tarifa plana de cotización de 50 euros al mes para nuevos autónomos. Se podrá reiniciar el negocio con esta misma cuota después de dos años de inactividad.

2.    DEDUCCIÓN DE DIETAS
Los autónomos que coman fuera de casa por razones laborales podrán desgravar hasta 26,67 euros diarios en concepto de gastos de manutención, en días laborables y pagando con medios telemáticos. En el caso de que el autónomo se encuentre en el extranjero, la deducción podrá ascender hasta los 48 euros.

3.    TRABAJAR Y COBRAR TODA LA PENSIÓN
Los autónomos con empleados podrán trabajar y cobrar el 100% de la pensión de jubilación, en lugar del 50% que se les permitía cobrar hasta ahora.

4.    ALTAS Y BAJAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Se permitirá darse de alta y de baja hasta tres veces al año en el Régimen Especial del Trabajador Autónomo.

5.    CAMBIOS EN LA BASE DE COTIZACIÓN
Se podrá cambiar hasta cuatro veces al año la base de cotización, adaptándose a la evolución del negocio. Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin que tengan que solicitarla.

6.    CONTRATACIÓN DE FAMILIARES
Los autónomos que contraten familiares de manera indefinida tendrán derecho a una bonificación total de las cotizaciones de la Seguridad Social. Se facilita y se permite la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.

7.    RECARGO POR DEUDAS DE COTIZACIÓN
El recargo por retraso en los pagos a la Seguridad Social pasa del 20% al 10% en el primer mes.

8.    AYUDAS A LA CONCILIACIÓN
Las mujeres que quieran ser madres dispondrán de una exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año y de una tarifa plana de 50 euros al mes durante otro año tras su reincorporación.
Se ha aprobado la exención del 100% de la cuota de autónomos durante un año para el cuidado de menores o dependientes.

9.    ACCIDENTES IN ITINERE
La Seguridad Social reconocerá los accidentes de los autónomos en el trayecto de ida y vuelta entre su domicilio y el trabajo.

10.    FORMACIÓN SUBVENCIONADA
Los autónomos tendrán derecho a acogerse a los programas de formación subvencionada.


Les saluda atentamente,
Manuel Piñeiro Cide
Presidente GREMA

 

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