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06/07/2012 - Los bancos deberán acabar con la letra pequeña

 

Los bancos deberán acabar con la letra pequeña

Tendrán que resaltar con negrita o con mayúsculas los conceptos claves de los contratos, a partir del 6 de octubre, y comunicar de forma más clara los intereses y las comisiones

Efe

Madrid  06 de julio de 2012 21:33

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Los bancos podrán seguir usando la «letra pequeña» en los contratos hasta octubre, ya que la nueva circular del Banco de España que les obliga a resaltar conceptos claves en negrita o mayúsculas no entra en vigor hasta entonces. Además habrá que esperar hasta el 6 de octubre para que las entidades estén obligadas a recoger en la cabecera de los documentos previos al contrato un mensaje de advertencia al cliente de que las informaciones resaltadas son «especialmente relevantes».

Hasta esa fecha los bancos podrán seguir actuando como hasta ahora, aunque deberán ir haciéndose a la idea de que en tres meses deben utilizar en los documentos de información una letra con un tamaño adecuado (más de dos milímetros) para que sea fácil de leer. Otra de las singularidades de la nueva circular del Banco de España es la obligación de que las entidades comuniquen de forma más clara los intereses y las comisiones que aplican habitualmente a los servicios que prestan con mayor frecuencia, aunque esto no se aplicará de forma generalizada hasta enero de 2013.

Pero la norma incluye otra batería de propuestas para introducir mayor transparencia en las relaciones entre clientes y banca. Por ejemplo, obliga a las entidades a ser extremadamente rigurosas con las explicaciones a los clientes antes de que estos firmen cualquier contrato. Cuando se trate de préstamos o hipotecas, se deberán incluir en las explicaciones datos suficientes para que el cliente pueda calcular su propia capacidad para hacer frente a las obligaciones de pago en el futuro. Y si el préstamo incluye la garantía de terceras personas (avalistas), éstos deberán ser informados detalladamente de las responsabilidades que asumen.

Por último, el texto abre la puerta a la aplicación de un nuevo índice de referencia hipotecaria a 5 años como alternativa al euribor a un año y que los expertos consideran más estable en épocas de crisis. Este índice, que se conoce por sus siglas IRS (Interest Rate Swap), refleja el precio del dinero a un plazo mayor que el tradicional euribor a un año y que sigue siendo el indicador más utilizado en España.

 

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